
El procurador Bladimir Cuadro advierte vacíos en la valoración y evaluación de pruebas durante el juicio
Ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, la Procuraduría General de la Nación apeló el fallo de primera instancia que condenó al expresidente Álvaro Uribe Vélez a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
En el documento de 81 páginas, firmado por por el procurador Bladimir Cuadro Crespo, se advierten vacíos en la valoración y evaluación de pruebas durante el juicio, por parte de la juez 44 penal de conocimiento, Sandra Heredia.
“En conclusión, los errores en la apreciación de la prueba, principalmente la incorrecta observación objetiva de la misma, llevaron a la indebida aplicación de la figura de la determinación (artículo 30) y lo relativo a la tipicidad (artículos 10, 444A y 453 del Código Penal), así como a la falta de aplicación del artículo 7 de la Ley 906 de 2004, lo que necesariamente debió resultar en la absolución del procesado.”
Agregan: “Así como la falta de aplicación del artículo 7 de la ley 906 que debió resultar en la absolución del procesado”.
“No se estableció más allá de toda duda razonable que el expresidente Álvaro Uribe Vélez tuviera el grado de conocimiento exigible para atribuirle la presunta responsabilidad como determinador de cada uno de los eventos acusados. La sentencia de primera instancia no se ocupó de examinar detalladamente este aspecto medular para cada uno de los episodios examinados”.
Este recurso se suma al que presentará la defensa del exmandatario en cabeza del abogado Jaime Granados, y que serán revisados por los magistrados Leonel Rogeles y Aura Alexandra Rosero, quienes podrían, luego de estudiar las apelaciones, ratificar la condena o absolver al líder natural del Centro Democrático en segunda instancia.